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Mensaje de la Dirección General

 Estimados colaboradores y colaboradoras,

Este Código de Conducta refleja la forma en que vivimos nuestros valores de respeto, responsabiliad, integridad, compromiso, eficacia y transparencia en la práctica diaria.

Es una guía de la forma en que nos relacionamos con nuestras y nuestros compañeros, clientes, proveedores y con cada uno de las y los actores con los que tenemos contacto al realizar nuestro trabajo.

Es fundamental que conjuntamente consolidemos nuestra cultura de integridad y que CGMPS Consultores Especializados siga siendo reconocida por ser una empresa seria, transparente, eficiente e íntegra. Nuestro éxito y crecimiento dependen del compromiso con los principios, valores y lineamientos aquí vertidos y es obligación de todas y todos respetarlos. 

Antonio Cortés Koloffon

Socio Director

CÓDIGO DE CONDUCTA

GLOSARIO DE TÉRMINOS

Confidencialidad: Garantía por medio de la cual el personal que tenga acceso a determinada información tome las medidas necesarias para resguardar y proteger la información, así como omitir difundir información confidencial de la empresa y sus clientes. La confidencialidad también debe generarse como garantía en la empresa ante posibles denuncias.

Conflicto de interés: Referido a todo aquello que beneficia a un tercero sin ningún tipo de mérito profesional o la posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de servidores/as públicos/as o particulares en razón de intereses personales, familiares o de negocio.

Corrupción: Consiste en el abuso del poder para beneficio propio. Cuando una persona o un grupo de personas por acto u omisión directamente, o por influencia de alguna otra persona u organización, prometan, ofrezcan, reciban o concedan a personas servidoras públicas, directivas, administradoras, empleadas o asesoras de una sociedad, asociación o fundación pública o privada, una dádiva o cualquier beneficio (indebido) no justificado para que le favorezca a él o a un tercero, en perjuicio de aquella.

Datos personales: Es la información relativa a una persona que la identifica o la hace identificable, por ejemplo: su origen, edad, lugar de residencia, trayectoria académica, laboral, o profesional, objeto social, estados financieros, domicilio, entre otros.

Discriminación: Toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares.

Faltas administrativas graves: Los actos de personas físicas o morales privadas que estén vinculados con faltas administrativas graves de particulares consideradas en la Ley General de Responsabilidad Administrativas: sobornos, participación ilícita en procedimientos administrativos, tráfico de influencias, utilización de información falsa, obstrucción de facultades de investigación, colusión, uso indebido de recursos públicos, contratación indebida de ex servidores o ex servidoras públicos.

Integridad: La estricta adhesión a un código moral, reflejado en: honestidad, transparencia y completa armonía en lo que uno piensa, dice y hace. Conductas y acciones coherentes con normas y principios morales y/o éticos, adoptados por personas dentro y fuera de una empresa, que sirve como barrera contra la corrupción.

Operación de recursos de procedencia ilícita. Adquirir, enajenar, administrar, custodiar, cambiar, depositar, dar en garantía, invertir, transportar o transferir, dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, con conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita, con alguno de los siguientes propósitos: ocultar o pretender ocultar, encubrir o impedir conocer el origen, localización, destino o propiedad de dichos recursos, derechos o bienes, o alentar alguna actividad ilícita.

Participación ilícita en procedimientos administrativos. Incurre en esta conducta el particular que realice actos u omisiones para participar en procedimientos administrativos sean federales, locales o municipales, no obstante que por disposición de ley o resolución de autoridad competente se encuentre impedido o inhabilitado para ello. Así como cuando intervenga en nombre propio, pero en interés de otra u otras personas que se encuentren impedidas o inhabilitadas para participar, con la finalidad de que ésta o éstas últimas obtengan, total o parcialmente, los beneficios derivados de dichos procedimientos.

Riesgos de corrupción: Posibilidad de que, por acción u omisión, mediante el uso indebido del poder, de los recursos o de la información, se lesionen los intereses de una entidad, y en consecuencia del Estado, para la obtención de un beneficio particular o para terceros. Los riesgos asociados a la corrupción, por medio de los cuales se puede materializar, son: reputacional, legal, operativo, contable y contagio, entre otros.

    I. OBJETIVO

El Código de Conducta de CGMPS Consultores Especializados tiene como finalidad establecer las pautas de conductas que han de presidir el comportamiento ético de todas las personas empleadas y socios en su desempeño diario y en las relaciones e interacciones que la empresa mantiene con todos sus grupos de interés.

Este Código de Conducta se basa en nuestra Política de Integridad, a la que complementa, y de la que constituye guía de actuación para asegurar un comportamiento adecuado en la labor y desempeño de los diversos miembros de la organización, de acuerdo con la legislación vigente y la normativa interna. El Código está alineado a las recomendaciones de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y la Secretaría de la Función Pública.

El instrumento considera el principio de diligencia debida, aplicado por CGMPS Consultores Especializados para la prevención, detección, respuesta y erradicación de irregularidades derivadas tanto de incumplimientos del mismo como de las normas internas establecidas, incluyendo las que hacen referencia a comportamientos ilícitos penales o de otro tipo. CGMPS Consultores Especializados entiende que esta diligencia debida requiere, entre otras cosas, diseñar e implantar modelos de control que analicen periódicamente los riesgos derivados de las materias contempladas en este Código, aseguren el conocimiento de las normas de la organización, definan las responsabilidades y establezcan procedimientos que permitan la notificación confidencial de irregularidades, su investigación y la adopción de las medidas que procedan para su corrección y erradicación.

El Código de Conducta se analizará anualmente, con el fin de asegurar que vaya de acuerdo con la legislación vigente y que tome en cuenta cambios internos de la organización.

El Código de Conducta va dirigido a los socios, empleados, y en general a todo personal vinculado permanente o temporalmente, con independencia de la posición que ocupen o del lugar en el que desempeñen su trabajo. Las pautas de conductas contenidas en este Código de Conducta son de obligado cumplimiento.

CGMPS Consultores Especializados promoverá e incentivará entre sus proveedores, colaboradores, internos y externos, permanentes o temporales, la adopción de pautas de comportamiento coincidentes con las definidas en este Código de Conducta, la Política de Integridad y la Política de Recursos Humanos, procurando, siempre que sea posible, su adhesión expresa al mismo, de forma que los principios reflejados en este Código y su cumplimiento se incorporen de manera efectiva al contenido de las relaciones contractuales o de colaboración que se establezcan con ellos.

II.  MISIÓN, VISIÓN Y VALORES

Misión

Satisfacer plenamente a nuestros clientes a través de soluciones estratégicas competentes para una eficiente toma de decisiones en sus diversos ámbitos de influencia y desarrollo, que generen valor agregado a sus actividades públicas o empresariales.

Visión

Orientar cada día a un mayor número de clientes como despacho líder, proporcionando los mejores servicios de consultoría y asesoría con base en un trabajo profesional constante.

Valores

Los valores sobre los que cimentamos nuestro actuar en CGMPS Consultores Especializados son:

Profesionalismo. Trabajamos con ética, conocimiento y experiencia.

Honestidad. La rectitud, integridad y congruencia guían nuestro desempeño.

Respeto a la legalidad. Toda acción está apegada a las leyes y reglamentos federales y estatales.

Compromiso. Conciencia de la importancia de cumplir con el desarrollo de nuestro trabajo con calidad y dentro del plazo estipulado.

III.  DIVERSIDAD, INCLUSIÓN, ACOSO Y NO DISCRIMINACIÓN

  1. Quienes aquí trabajamos tenemos las mismas oportunidades de desarrollo, al tiempo que nos desenvolvemos en un ambiente armónico y respetuoso, que alcanza a nuestros clientes y proveedores.
  2. Todas las personas que colaboramos en la empresa entendemos que nuestros roles y responsabilidades están sujetos a los requerimientos profesionales y éticos definidos por la empresa.
  3. Damos la bienvenida a todas las personas, sin distinción ni discriminación por motivos de origen, género, edad, condición, religión, opinión, preferencia sexual, estado civil, o cualquier otra. Asimismo, brindamos las mismas oportunidades a todas y todos nuestros colaboradores.
  4. La contratación y promoción de nuestros colaboradores siempre se realiza conforme a sus aptitudes, valores y desempeño.
  5. Somos incluyentes y respetuosos, cuidamos nuestras palabras y acciones, contamos con cero tolerancia al acoso y hostigamiento sexual, así como al acoso laboral y hacemos de nuestras diferencias nuestra fortaleza.

IV.   LEYES Y REGLAMENTOS

Anticorrupción

Consideramos a la corrupción como aquella actividad donde una persona o un grupo de personas por acto u omisión directamente, o por influencia de alguna otra persona u organización, prometan, ofrezcan, reciban o concedan a personas servidoras públicas, directivas, administradoras, empleadas o asesoras de una sociedad, asociación o fundación pública o privada, una dádiva o cualquier beneficio (indebido) no justificado para que le favorezca a él o a un tercero, perjudicando los valores y el trabajo cotidiano de la empresa.

Las conductas relacionadas a la corrupción, establecidas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA) incluyen:

  • Soborno;
  • Participación ilícita en procedimientos administrativos;
  • Tráfico de influencias para inducir a la autoridad;
  • Utilización de información falsa en procedimientos administrativos;
  • Obstrucción de facultades de investigación;
  • Colusión con uno o más sujetos particulares, en materia de contrataciones públicas, que tengan por objeto o efecto obtener un beneficio o ventaja indebidos en las contrataciones públicas; y
  • Contratación indebida de ex servidores públicos.

Ninguna persona integrante de la organización debe involucrarse o promover conductas vinculadas a las conductas mencionadas. Este tipo de actuaciones están prohibidas en cualquier relación, directa o mediante un tercero, con entidades de gobierno, funcionarios públicos o representantes del sector privado.

En nuestra empresa tenemos cero tolerancia a la corrupción y si algún integrante de la organización realiza alguna de esas conductas, será sancionado y, en caso de requerirse, se involucrará a las autoridades competentes.

Conflicto de intereses

Todas las decisiones de nuestros colaboradores deberán ser tomadas de forma objetiva. Por lo que, se prohíbe:

  1. a) Obtener un beneficio personal, para sí mismo o para un tercero, mediante el ofrecimiento, otorgamiento, demanda o aceptación de regalos, préstamos o créditos, recompensas, comisiones o cualquier otro incentivo.
  2. b) Que los intereses particulares del personal de la organización interfieran o pretendan interferir con los intereses de la empresa.
  3. c) Cualquier actividad externa que interfiera y/o dificulte realizar objetivamente las actividades propias de la empresa.

En caso de encontrarse en un conflicto de intereses se deberá acudir con la Dirección General para encontrar una solución conforme a los principios de la empresa.

Regalos y entretenimiento

Ofrecer o recibir regalos ha sido una práctica común de ciertas empresas para fortalecer sus relaciones, mostrar hospitalidad y cortesía y promover sus productos y servicios, pero es indispensable apegarse a la regulación vigente o, en su caso, establecer límites.

Por tal motivo, está prohibido ofrecer o entregar cualquier tipo de regalo o entretenimiento a personas servidoras públicas.

En el caso de las interacciones con clientes, socios y proveedores particulares, ningún regalo o entretenimiento debe ser ofrecido con la intención o aparente intención de influir en sus acciones o decisiones.

Se informará de todos los obsequios a la dirección general y hará del conocimiento del área administrativa para su registro. La transparencia es la regla general en esta práctica.

Competencia leal

Nuestra empresa está a favor de la libre competencia, por lo que está prohibido apoyar cualquier actividad que viole la Ley Federal de Competencia Económica.

Actuación de terceros

Los terceros (proveedores, intermediarios, consultores y cualquier persona que interactúe con la empresa) estarán obligados a conocer y firmar de aceptación el Código de Conducta de la empresa, con la finalidad de que se apeguen en su actuar a dichos documentos.

Pagos de facilitación

Los pagos de facilitación son pagos de baja cuantía, no oficiales e impropios que se hacen a personas servidoras públicas, en muchas ocasiones, para obtener o agilizar un trámite que favorecerá a una empresa; aunque también hay conocimiento de pagos de facilitación a proveedores de servicios comerciales para la obtención de un beneficio.

En este sentido, nuestra empresa se suma a la prohibición de pagos de facilitación, pues están considerados como una falta administrativa grave en el artículo 52 de la LGRA y un delito en el artículo 222 del Código Penal Federal.

Si algún integrante de esta empresa considera que existe una solicitud o riesgo de pago de facilitación, por favor recurrir a la Dirección General y/o en el correo electrónico consultores@cgmps.com.mx

Prevención de lavado de dinero

En nuestra empresa queda prohibida toda actividad relacionada con recursos de procedencia ilícita o que se vinculen al lavado de dinero. Los colaboradores sólo deben involucrarse en actividades de negocio lícitas.

En caso de que algún cliente realice actividades vulnerables, de acuerdo con la legislación vigente en materia de lavado de dinero, nos aseguramos de que cumpla con todas las disposiciones legales en la materia.

CGMPS Consultores Especializados observa las disposiciones de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita para prevenir el lavado de dinero, entendido como el proceso o acción mediante el cuales los individuos tratan de ocultar el origen y la propiedad de ingresos procedentes de actividades ilícitas. Se denunciará toda transacción que tenga como finalidad operar con dinero o bienes adquiridos mediante actos o transacciones ilegales.

Privacidad, confidencialidad y seguridad de la información

Proteger y conservar la información de la empresa, clientes y proveedores es obligación de cada uno de los integrantes internos o externos y nunca debe ser proporcionada a ningún tercero, a menos que sea requerida por ley o lo autorice la Dirección General.

El manejo de los datos personales deberá cumplir los lineamientos de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y demás normatividad aplicable.

Adicionalmente, toda la información debe manejarse de forma responsable para los objetivos propios de la empresa y deben tomarse las medidas preventivas necesarias para evitar difusiones no autorizadas.

Regulación del Cabildeo

Las y los colaboradores de CGMPS Consultores Especializados promoveremos de manera ética y respetuosa los intereses legítimos de nuestros clientes, siempre apegados a las disposiciones de los Reglamentos del Senado de la República, de la Cámara de Diputados, congresos locales y otras instancias relacionadas con asuntos públicos y cabildeo.

   V.   POLÍTICA DE COMUNICACIÓN Y CAPACITACIÓN EN INTEGRIDAD

La comunicación y la capacitación continua en nuestra empresa serán las herramientas para que el personal se familiarice con las políticas, procesos y procedimientos orientados a una cultura de integridad.

VI.  ESTADOS FINANCIEROS Y CONTABILIDAD

En esta empresa se cumple con la normatividad aplicable para garantizar que los estados financieros y la contabilidad sean correctos y transparentes. Asimismo, se informa mensualmente a la dirección general sobre la situación financiera.

Todos los gastos deben contar con el soporte necesario y está estrictamente prohibido distorsionar cualquier transacción o falsear documentación. En caso de una auditoría, se deberá proporcionar información veraz, confiable y completa.

Los documentos deben conservarse según la normatividad aplicable.

VII.   CANAL DE CONSULTAS Y DENUNCIA

Líneas de contacto

Se podrán realizar denuncias por posibles violaciones al Código de Conducta, políticas o procedimientos internos y/o posibles actos de corrupción presentados dentro o fuera de la empresa a través del sitio web www.cgmps.mx y/o en el correo electrónico consultores@cgmps.com.mx Los casos que lo ameriten serán investigados y, de confirmarse una falta, se aplicarán medidas disciplinarias.

Confidencialidad de la denuncia

La empresa garantizará la confidencialidad del reporte, de las partes y de la investigación de las denuncias recibidas a través de nuestras líneas de contacto.

Protección a denunciantes

La empresa valora la ayuda de su personal para identificar cualquier práctica contraria al Código de Conducta, violaciones a la normatividad vigente y/o posibles actos de corrupción, por lo que en ningún caso deberá imponer represalias de ninguna naturaleza. Las personas que informen sobre estos hechos deben estar seguros de que no habrá represalias en su contra.

Conductas esperadas

CGMPS Consultores Especializados espera que todas y todos los colaboradores cumplan el Código de Conducta. Cualquier acción contraria a estos lineamientos, violaciones a la norma aplicable en México y/o posibles actos de corrupción tendrá como consecuencia la aplicación de medidas disciplinarias, que van desde una amonestación hasta el despido, bajo el esquema legal aplicable. En caso de que se trate de un delito o falta administrativa grave se informará a las autoridades competentes.

Consultas, aclaraciones y/o comentarios

La empresa se compromete con los principios y valores establecidos en el Código de Conducta, teniendo el compromiso de garantizar que todas las personas que aquí colaboran se sientan con la confianza de acudir y realizar las consultas que consideren necesarias en el marco de sus funciones.

En caso de tener consultas, aclaraciones y/o comentarios sobre lo establecido en el Código de Conducta, se podrá acudir con  la Dirección General o al correo electrónico antoniocortes@cgmps.com.mx 

 CÓDIGO DE CONDUCTA

 

Versión 2
Fecha de la versión 3 Febrero 2020
Creado por: Antonio Cortés Koloffon

Socio Director

Aprobado por: Antonio Cortés Koloffon

Socio Director